El 23 de abril, una coalición de asociaciones de la cadena agroalimentaria de la UE lanzó en Bruselas un código de conducta conjunto de la UE sobre el intercambio de datos agrícolas.
El Código promueve los beneficios de compartir los datos y permite que los modelos de agroempresas, incluyendo las cooperativas agrícolas y otras empresas agrícolas, pasen rápidamente a una era de agricultura mejorada digitalmente. El Código arroja más luz sobre las relaciones contractuales y proporciona orientación sobre la utilización de los datos agrícolas, en particular los derechos de acceso y utilización de los datos.
El acceso a datos precisos es vital
Los signatarios del Código consideran que el acceso a datos agrícolas precisos es vital para desarrollar la agricultura digital, permitiendo a los agricultores y cooperativas producir más utilizando menos recursos. A fin de aprovechar plenamente los beneficios de la agricultura digital, el intercambio de datos entre los diferentes asociados de la cadena agroalimentaria debe realizarse de manera justa y transparente. El presente Código de Conducta de la Unión Europea sobre el intercambio de datos agrícolas por vía contractual, acordado por el Copa y la Cogeca, la CEMA, Fertilizantes Europa, CEETTAR, CEJA, ECPA, EFFAB, FEFAC, ESA, tiene por objeto establecer principios transparentes, aclarar las responsabilidades y crear confianza entre los asociados. En él se establecen directrices fundamentales que deben seguir los operadores, combinadas con una lista de control. La concesión de acceso a los datos necesarios facilitará y acelerará los modelos comerciales basados en datos.
Originador de los datos: Papel principal en el control del acceso a los datos
En el Código se reconoce la necesidad de conceder al autor de los datos (el que ha creado/recolectado los datos por medios técnicos o por sí mismo o el que ha encargado a los proveedores de datos que lo hagan) un papel preponderante en el control del acceso a los datos de su empresa y su utilización, y beneficiarse de la posibilidad de compartir los datos con cualquier socio que desee utilizarlos. En las directrices se subraya que el derecho a determinar quién puede acceder a los datos y utilizarlos se atribuye al autor de los mismos. En la práctica esto significa que, por ejemplo, los derechos sobre los datos producidos en la explotación agrícola o durante las operaciones agrícolas se atribuyen al agricultor y pueden ser utilizados ampliamente por él.
«Acojo con satisfacción el Código de Conducta de la UE sobre el intercambio de datos agrícolas iniciado por las partes interesadas del sector agroalimentario. A medida que Europa avanza hacia una PAC más moderna y sostenible, las soluciones tecnológicas serán más importantes que nunca, dando a la agricultura de precisión y a las soluciones basadas en datos un papel crucial», dijo el Comisario de Agricultura de la UE, Phil Hogan.
«A medida que avanzamos hacia la finalización de la economía europea de datos, haciendo que más datos estén disponibles y fluyan libremente, me complace ver que el sector agroalimentario une sus fuerzas para hacer frente a un importante cuello de botella en el camino hacia la agricultura digital», dijo el Comisario Gabriel.