La Unión Europea ha establecido un nuevo derecho de importación para el maíz, el sorgo y el centeno de 5,16 euros por tonelada. Esto garantizará que los productores europeos no se vean perjudicados en las actuales condiciones de mercado.
Publicada el 8 de agosto de 2017 en el Diario Oficial, la decisión se basa en el Reglamento (UE) Nº 642/2010 relativo a los derechos de importación del sector de los cereales, que establece que el derecho de importación del maíz, el sorgo y el centeno debe calcularse en función de la diferencia entre un precio de referencia de la UE y el precio del maíz de los Estados Unidos.
Este reglamento responde a la situación del mercado mundial del maíz, en el que se prevé una cosecha mundial récord de maíz en 2016/17, que se traducirá en una amplia oferta y precios bajos.
El pronóstico más reciente del Consejo Internacional de Cereales estima la producción mundial de maíz de 2016/17 en 1.072 millones de toneladas, es decir, el nivel sin precedentes, y el arrastre de las existencias mundiales de maíz al final de la campaña comercial de 2016/17 en 232 millones de toneladas, también el nivel más alto de la historia. Los traspasos acumulados de los cuatro principales exportadores (Argentina, Brasil, Estados Unidos y Ucrania) se pronostican en 78 millones de toneladas, también un nuevo récord.
Los derechos de importación deben fijarse para el período comprendido entre el 8 de agosto de 2017 y deben aplicarse hasta que se fijen y entren en vigor nuevos derechos de importación. Los contingentes arancelarios individuales no se ven afectados por la medida de fijar que el derecho de importación del maíz, el sorgo y el centeno.
Historia de los derechos de importación
La UE tiene derechos consolidados para todos los cereales establecidos en el marco del acuerdo del GATT. Sin embargo, en el caso de algunos cereales, los tipos aplicados son diferentes de los consolidados. El sistema tiene su origen en el Acuerdo de Blair House entre los Estados Unidos y la UE y consiste en fijar los aranceles sobre la base de los precios mundiales de referencia individuales para determinados tipos de cereales. El mecanismo se activa automáticamente. El derecho se fija sobre la base de la diferencia entre el precio de intervención efectivo de la UE para los cereales multiplicado por 1,55 y un precio de importación cif (es decir, costo, seguro y flete) representativo para estos cereales en el puerto de Rotterdam.
El derecho de importación del maíz, el centeno y el sorgo resultante de ese cálculo se convirtió en positivo de julio a noviembre de 2014 a un valor de 5,32 euros por tonelada. Desde el 8 de noviembre de 2014, el derecho se ha fijado en 0 euros por tonelada. Desde el 1º de julio de 2011 (campaña comercial 2011/12), se ha decidido que el precio de importación cif representativo del sorgo y el centeno sería igual al precio de importación cif representativo del maíz. Por consiguiente, desde esa fecha, el derecho de importación del sorgo y el centeno ha sido igual al derecho de importación del maíz y, por lo tanto, se ha fijado también en 5,16 euros por tonelada a partir de esta semana.